Jueves - 25.Abril.2024

Gestión de Herencias en A Coruña

Trámites después de un fallecimiento

Con el fallecimiento de una persona se extinguen algunos derechos, como el usufructo, uso y habitación, pero hay otros derechos y obligaciones que subsisten y pasan a sus herederos y que debemos tener en cuenta a la hora realizar la gestión de herencias.

Estos bienes, obligaciones y derechos que permanecen tras el fallecimiento, forman “la herencia”.

Por tanto, las herencias son el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, formando parte del patrimonio del causante, se transmiten a los herederos al morir aquél.

Las herencias están formadas por una parte activa (bienes) y otra pasiva (deudas)

Es en el momento en el que fallece una persona cuando se abre la sucesión.

¿Qué hacer cuando una persona fallece?

Después del fallecimiento de una persona hay que conseguir una serie de documentos, certificados y realizar una serie de trámites de gestión que intentaremos describir paso a paso.

Los documentos más habituales son:
•    Certificado de Defunción Literal.
•    Certificado Ultima Voluntad y seguros.
•    Copia simple del Testamento.
•    Libro de Familia.
•    Fotocopia de D.N.I. del matrimonio y herederos.
•    Escrituras de los bienes gananciales.
•    Recibos de Contribución Urbana.
•    Cupo ó Partija de los bienes privativos del fallecido.
•    Certificado de los saldos de las cuentas bancarias el día del fallecimiento, donde figure el fallecido, el conyuge ó con algún hijo, hermano, etc..
•    Certificados de deudas en los bancos y de hipotecas, de los importes que tenía pendiente el día del fallecimiento
•    Certificado de las acciones depositadas en banco.
•    Certificado de la Sociedad que pueda existir indicando el valor nominal y teórico de los mismos, el día del fallecimiento
•    Certificado de Fondos de Inversión del banco.
•    Certificados de Seguros de Vida y la Póliza.
•    Documentación de los vehículos.
•    Certificado del Ayuntamiento de estar empadronado el fallecido en el piso en que residía si es de su propiedad. 
•    Si hay algún negocio industrial, el último recibo de I.A.E. y Declaración de Renta.
•    Títulos de Nichos ó Panteones.
•    Factura de la Funeraria
•    Certificado de Minusvalía de algún heredero.

La opción más recomendable para ahorrar tiempo y dinero es acudir a un profesional que se encargue de todos estos trámites.

 

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